Síntesis / Resumen
  • Incumplimiento de efectuar una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas.
  • Diseño del mecanismo de consulta indígena en la ley de forma contraria a los estándares en la materia.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 13/10/2020
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez del Decreto Número 209, que reforma diversos artículos de la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el catorce de octubre de dos mil diecinueve, en atención al apartado VI de esta decisión.

TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada en este fallo surtirá efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Hidalgo, para los efectos precisados en el apartado VII de esta determinación.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
 

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 127/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 13 de noviembre de 2019, en contra del Decreto número 209 que reformó diversas disposiciones de la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado de Hidalgo, en su totalidad; en particular, de los artículos 12 Bis, primer párrafo, 14, 15 y 20, adicionado y reformados, respectivamente, mediante dicho decreto legislativo a la mencionada ley.

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