Síntesis / Resumen
  • Exigencia injustificada de no contar con antecedentes penales para ser parte del personal de los Centros de Atención Cuidado y Desarrollo Integral Infantil de la entidad.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 10/01/2023
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 11, fracción XI, de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Nuevo León, expedida mediante el Decreto número 030, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintiocho de enero de dos mil veintidós, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Nuevo León, conforme a lo precisado en los apartados VI y VII de esta ejecutoria.
TERCERO. Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho de igualdad y prohibición de discriminación, de acceso a un cargo en el servicio público y libertad de trabajo.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 38/2022, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 28 de febrero de 2022, promovida en contra de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Nuevo León.

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