Síntesis / Resumen

Tipificación del delito de halconeo que impide el derecho de acceso a la información.

Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 06/03/2023
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 222-a y 222-b, del Código Penal del Estado de Guanajuato, reformado y adicionados mediante el Decreto número 93, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el dos de agosto de dos mil diecinueve, en términos del apartado VI de esta sentencia.
TERCERO. La declaración de invalidez decretada en este fallo surtirá sus efectos retroactivos al tres de agosto de dos mil diecinueve, a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guanajuato, de conformidad con el apartado VII de esta decisión.
CUARTO. Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la información, el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad en materia penal, así como la obligación de respetar y proteger los derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 94/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 2 de septiembre de 2019, en contra de los artículos 222-a y 222-b del Código Penal del Estado de Guanajuato.

Archivo resolución de la Acción