Por razones de organización y para el mejor funcionamiento de la Federación, la República Mexicana se dividirá en cuatro zonas, quedando agrupados los organismos de protección de los derechos humanos, de la siguiente manera:
a) Zona Norte: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas;
b) Zona Este: Hidalgo, Estado de México, Morelos, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala, Puebla y el Distrito Federal;
c) Zona Oeste: Aguascalientes, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit y Zacatecas, y
d) Zona Sur: Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en función de su mandato, coadyuvará en los trabajos de todas las zonas.