Luego de investigar el caso de una mujer y su bebé, quienes no recibieron la atención médica adecuada y oportuna por personal médico del Hospital General de Zona y Unidad Médica Familiar número 2 (HGZ y UMF-2), en Zacapu, y del Hospital General Regional número 1 (HGR-1), en Charo, ambos municipios del estado de Michoacán, vulnerando así los derechos humanos relativos a la protección a la salud, a la vida y a una vida libre de violencia obstétrica, así como el daño causado al proyecto de vida de las víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 105/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección a la salud, a la vida de V1, a una vida libre de violencia obstétrica, de V1 y V2; y daño al proyecto de vida de V2, V3, V4, y V5, en el Hospital General de Zona y Unidad de Medicina Familiar No.2, en Zacapu, y en el Hospital General Regional No. 1, en Morelia, Michoacán, ambos del IMSS