Síntesis / Resumen
  • Establecimiento de pruebas obligatoria para la detección de VIH
  • Condicionamiento en el acceso de servicios y tratamientos médicos a la realización de una prueba diagnóstica de VIH.
  • Medida legislativa que perpetúa estigmas en perjuicio de las personas que viven con VIH/SIDA.
  • Indebida supletoriedad de normas.
Archivo PDF
Estado Procesal
En Trámite
Sentido de la Resolución

Pendiente por Resolver

Tema de la acción

Derecho a la igualdad y prohibición de discriminación, a la seguridad jurídica, a la protección de la salud, a la intimidad y vida privada, así como al principio de legalidad, prohibición de injerencias arbitrarias y obligación de respetar, promover, proteger y garantizar derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 115/2022, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 12 de agosto de 2022, promovida en contra de los artículos 5, en su porción normativa “y los instrumentos internacionales que el Estado Mexicano ha suscrito”, 14 –salvo la fracción I–, y 61, segundo párrafo, en la porción normativa “con la única excepción de los puestos laborales que impliquen contacto directo con instrumental médico-quirúrgico o con material biológico, donde haya riesgo comprobado de un contagio de VIH/sida por vía no sexual. En dichos casos, el patrón deberá guardar la debida confidencialidad y, en su caso, procurar el cambio en las condiciones de trabajo del portador para el mejor desempeño de sus funciones laborales, según criterio médico”, de la Ley de Prevención, Atención Integral y Control para el VIH del Estado de Quintana Roo.