Día Internacional de la Visibilidad Trans
“Es de gran urgencia que los Estados avancen con la protección integral de los derechos de las personas trans y de género diverso, y enfrenten la discriminación basada en la orientación sexual, identidad de género real o percibida y la diversidad corporal, vulnera su derecho de existir como seres humanos. Además, es imprescindible que los Estados garanticen el desarrollo integral, libre, autónomo y pleno de cada ser humano y actúe de forma diligente para promover el respeto y garantías de los derechos de las personas transgénero.”
Flavia Piovesan
Relatora sobre los Derechos de las personas LGBTI
2018

 

El 31 de marzo de cada año se celebra en el mundo el Día Internacional de la Visibilidad Trans (travesti, transgénero, transexual), que nace con el propósito de remarcar el valor de vida de manera abierta, sin ningún tipo de prejuicio y sin dejar de reconocer el fuerte activismo que han sostenido personas trans, siendo pioneros y pioneras de esta lucha. [1]

Las letras “TTT” en las siglas LGBTTTI se refieren a las personas transgénero, transexuales y travestis. Trans es una persona cuya identidad de género no coincide con la asignada al momento de nacer, y que hace una transición a otro u otros. El género es performativo: son ideas y comportamientos que definen a las mujeres y a los hombres: no se nace hombre o mujer; se aprende a serlo. La identidad de género es la convicción personal e interna de cómo cada persona se percibe a sí misma. Las personas trans pueden adecuar su género a lo masculino o a lo femenino, o no.

Reconocer la realidad trans implica reconocer que, por un lado, hay estereotipos construidos desde un sistema patriarcal sobre lo masculino y lo femenino; por otro lado, que no todas las personas se identifican con la construcción de género que les fue asignada al nacer, pero eso no implica necesariamente asumir la identidad del “otro” género, sino que cada persona se construye a sí misma. [2]

Es importante entender que el ser trans es una manifestación más de la diversidad de la naturaleza humana. Las personas transforman una parte esencial de las comunidades y culturas. Sin embargo, en la actualidad, muchas personas trans sufren hostilidad, discriminación y un sinfín de violaciones a sus derechos humanos. Vivir una vida abiertamente, mostrando la propia identidad, es algo que la mayoría de la gente da por sentado, pero en el caso de las personas trans puede ser muy peligroso, ya que no toda la sociedad está informada sobre el tema y, por fobia a lo “diferente”, violentan los derechos de las personas trans. [3]

Acorde con el tema, el 15 de marzo de 2019 la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) en España publicó los resultados de una encuesta en la que enunciaba que el 42% de las personas trans encuestadas sufrieron amenazas o maltrato psicológico en el año 2018. En torno al 70% de los entrevistados fueron insultados en este periodo de tiempo, el 31%, acosados y el 42% sufrió negación al acceso laboral. [4]

Por otro lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Experto Independiente de la ONU sobre protección contra la violencia y discriminación por orientación sexual e identidad de género, hicieron en 2018 un llamamiento a los Estados a garantizar el pleno ejercicio de todos los derechos humanos para personas trans y de género diverso. Destacaron la importancia de adoptar inmediatamente leyes y políticas integrales y transparentes para reconocer la identidad de género autodefinida y brindar garantías legales y sociales que promuevan la observancia de todos los derechos humanos de las personas trans y de género diverso. Reconocer el derecho a tener documentos de identificación conforme a la identidad de género autodefinida es un paso importante en el camino hacia el respeto y las garantías plenas de los derechos de las personas trans. [5]

En México podemos encontrar que, dentro de la Constitución Política de la Ciudad de México, en el inciso h) de su artículo 11º, reconoce a las personas del colectivo LGBTTTI como grupo de atención prioritaria y establece la obligación de adoptar las medidas necesarias para promover, respetar, proteger y garantizar sus derechos, así como eliminar progresivamente las barreras que impiden la realización plena de éstos, para que puedan alcanzar su inclusión efectiva en la sociedad. Todo ello mediante la garantía de su participación democrática y social, su derecho a una vida libre de violencia y discriminación, la no criminalización, represión o reclusión, y la capacidad para decidir sobre su persona y patrimonio, así como el ejercicio de sus libertades, independencia, privacidad, intimidad y autonomía personal.[6] Por otro lado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en el párrafo quinto de su artículo primero, la prohibición de ejecutar cualquier acción que atente contra la dignidad humana, o bien que anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas, la cual tenga su origen en prejuicios del género, sexo u orientación sexual, entre otras.[7]

Aunado a ello, el 31 de marzo del 2020 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos exhortó a los tres niveles de gobierno a impulsar políticas públicas de prevención de la violencia contra las personas travesti, transgénero y transexuales, para hacer efectivo el reconocimiento de sus derechos fundamentales, entre ellos, su identidad de género, debido a que hoy en día siguen existiendo particulares y funcionarios públicos que, dentro de sus ámbitos de decisión e influencia, se empeñan en perpetuar conductas que estigmatizan, minimizan, menoscaban y anulan la dignidad, derechos y libertades de este grupo de personas. [8]

Es por ello necesario que los gobiernos de los países garanticen el acceso efectivo y universal al reconocimiento y visibilidad de la identidad sexo-genérica de las personas trans.

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