Asunto:

Respecto al caso de la jueza Angélica Sánchez Hernández, detenida presuntamente de forma ilegal el pasado 5 de junio, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recuerda a las autoridades encargadas de la administración e impartición de justicia que es obligación del Estado mexicano prevenir, atender, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres, con la finalidad de garantizar su derecho a una vida libre de violencia y su acceso a la justicia, con pleno respeto a sus garantías de debido proceso.

Asunto:

Con relación al comunicado 164/2023 emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 10 de mayo del presente año, denominado “La facultad del INAI para calificar de manera preliminar y únicamente con fines de acceso a la información la existencia de violaciones graves a derechos humanos no invade las atribuciones de la CNDH: primera sala”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) cree que es necesario precisar que, muy por el contrario de lo que se ha pretendido reflejar, dicha determinación acota las facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para determinar que sea, a través de su órgano colegiado (Pleno), y solo ante la interposición de un recurso de revisión se puede determinar de manera preliminar y únicamente para efectos de acceso a la información, si determinados hechos constituyen violaciones graves a derechos humanos.