Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud en agravio de V1 y V2; así como, a una vida libre de violencia obstétrica de V1; a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V2 recién nacido; a la afectación al proyecto de vida de QVI, V1 y VI1; al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y V1, por omisiones de personas servidoras públicas en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 01 “Dr. Abraham Azar Farah” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de Campeche

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, al acceso a la información en materia de salud de QV1, y de la vida de V2, en el Hospital de Orizaba del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y el Hospital Regional de Río Blanco, de los Servicios de Salud en el Estado de Veracruz.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 280/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de una mujer embarazada; así como a la vida en agravio de la persona neonata, hechos atribuibles al personal del Hospital Rural Bienestar número 37, en Matías Romero de Avendaño (HR-37), Oaxaca.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida en agravio de V; a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de V y VI; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de VI y QVI, por personal médico en la Unidad de Medicina Familiar No. 3 y en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No.6, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social en Ciudad Valles, San Luis Potosí.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravió de QV; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y VI1, en el Hospital General de Zona número 1 “Dr. Demetrio Mayoral Pardo”, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la ciudad de Oaxaca.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la integridad y seguridad personal y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de V; así como al proyecto de vida en agravio de V, QVI y VI por personal médico del Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 11 “Normando Bustamante Molina”, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en ciudad Delicias, Chihuahua.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de V1; a la vida en agravio de V2; así como, al acceso a la información en materia de salud y a la seguridad jurídica en agravio de V1 y QVI, por personas servidoras públicas en el Hospital Rural Bienestar número 37 del IMSS, en Matías Romero de Avendaño, Oaxaca.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia, al acceso a la información en perjuicio de V1, así como a la vida e interés superior de la niñez de V2 en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No.1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Campeche, Campeche.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de V1 y V2, a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V2 recién nacido; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y V1, por personas servidoras públicas en el Hospital Rural número 39 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oxkutzcab, Yucatán.

Asunto:

Sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de QV1, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV1 y VI1, en la Unidad de Medicina Familiar No. 15 y en la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Gineco Obstetricia No. 23 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Monterrey, Nuevo León.

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