Asunto:

Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), manifiesta su preocupación por las declaraciones hechas por la Comisionada del Sistema Penitenciario Estatal de Baja California, María Elena Andrade Ramírez, difundidas en diversos medios, al referirse a la decisión de un juez federal de negarle a Mario Aburto Martínez, víctima de violaciones a derechos humanos reconocida en la Recomendación 48VG/2021, el traslado del Centro Federal de Readaptación Social núm. 12 “CPS Guanajuato” al Centro de Reinserción Social “El Hongo” II, en Baja California.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 37/2021 al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, José Ángel Ávila Pérez, por el fallecimiento de una persona privada de su libertad en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) en Villa Aldama, Veracruz.

Asunto:

El día de hoy esta Comisión Nacional de los Derechos HUMANOS (CNDH) ha expresado su respetuoso extrañamiento al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) respecto a la comunicación que recibió el pasado 10 de mayo de 2021 sobre el traslado del C. Mario Aburto Martínez del penal adonde actualmente se encuentra, al Centro de Reinserción Social “El Hongo” II, en Baja California.

Asunto:

Mediante oficio número PRS/UALDH/2258/2021, de fecha 7 de mayo del 2021, el Órgano Administrativo de Prevención y Readaptación Social ha comunicado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que acepta su petición en el sentido de que, con carácter de urgente, se implementen las medidas precautorias o cautelares necesarias en favor de Mario Aburto Martínez, en los siguientes términos:

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó medidas cautelares al Comisionado del Órgano Administrativo de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), José Ángel Ávila Pérez, para salvaguardar la vida, seguridad, integridad física, a no ser víctima de actos crueles, inhumanos y/o degradantes, a la no discriminación, y a la salud física, psíquica y emocional, así como a la calidad de vida en reclusión del señor Mario Aburto Martínez.