Síntesis / Resumen
  • Requisitos discriminatorios para acceder a cargos públicos
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 18/01/2022
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 81, fracciones II, en su porción normativa ‘y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año’, V y VII, en su porción normativa ‘ni haber sido destituido o inhabilitado por resolución firme como servidor público, ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local en términos de las normas aplicables’, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, reformado y adicionado mediante el Decreto Número 194, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintitrés de octubre de dos mil veinte, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de México, en los términos precisados en los considerandos quinto y sexto de esta decisión.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de México, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 300/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 23 de noviembre de 2020, en contra del artículo 81, fracción II, en la porción normativa “y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año”, V y VII, en las porciones normativas “ni haber sido” y “ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local en términos de las normas aplicables,” de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.

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