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La CNDH observará la aplicación del Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente, para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
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Asunto

La CNDH emitió un Pronunciamiento respecto al acuerdo por el que se dispone de la fuerza armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. Anuncia que dará seguimiento y observará la aplicación del Acuerdo, y sostiene que la participación de las fuerzas armadas en la seguridad pública debe ser extraordinaria, de manera que toda intervención resulte excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario ante las circunstancias que justifican su intervención y el Acuerdo no brinda elementos para respetar y garantizar dicha condición; debe de ser subordinada y complementaria a las labores civiles de seguridad, y si bien el Acuerdo hace referencia a estos conceptos, no se cuenta con elementos concretos y definitorios sobre las exigencias de dicha actuación.