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CNDH no “defiende” deudores alimentarios; protege los derechos humanos, y estos son de todas y todos
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Asunto

El 7 de julio del presente año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la Acción de Inconstitucionalidad 98/2022 en contra de artículos de diversas leyes y ordenamientos del estado de Yucatán que establecen como requisito no ser deudor alimentario moroso para ser titular de la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos de la entidad; aspirante a candidata o candidato independiente y titular de las dependencias o entidades que integran la Administración Pública local, al considerar que dicho requisito es discriminatorio y coloca a las personas aspirantes en inseguridad jurídica, pero sobre todo afecta el interés de los acreedores alimentarios, sean estos menores y adolescentes, adultos mayores, discapacitados, cónyuges o ex cónyuges, quienes se verían lesionados en sus derechos por la insolvencia económica de sus deudores.