Expedición de las Leyes de Reforma
“Los gobiernos civiles no deben tener religión, porque siendo su deber proteger la libertad que los gobernados tienen de practicar la religión que gusten adoptar, no llenarían fielmente ese deber si fueran sectarios de alguna.”

Benito Juárez
Expresidente de México
 

El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz, el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que conocemos como Leyes de Reforma. Su objetivo principal fue la separación de la Iglesia y el Estado, pues ésta había adquirido un gran poder e influía en las decisiones más importantes de la política nacional para favorecer totalmente a los conservadores. [1].

Dentro de esas leyes encontramos las siguientes[2]:

  • Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859). Complementa la Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticas, o Ley Lerdo, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas, o sea, del clero.
  • Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859). Con ella, el matrimonio religioso pierde su validez oficial. Establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado.
  • Ley Orgánica del Registro Civil (28 de julio de 1859). El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Como complemento se expidió Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaban todos los cementerios y camposantos de la República
  • Ley de Exclaustración de Monjas y Frailes (11 agosto de 1859). Se prohibió la existencia de claustros o conventos, implicando su clausura.
  • Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860). Permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara, con plena libertad. También prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos.

Posteriormente, al regresar el gobierno a la capital de la República, fueron dictados dos decretos que redondeaban la Reforma en el aspecto de la relación Iglesia-Estado[3].

  • Decreto del 26 de febrero de 1861 para la salida de las religiosas y religiosos que ahí vivían que mandaba extinguir las comunidades religiosas, salvo las de las llamadas Hermanas de la Caridad.
  • Decreto del 2 de febrero de 1861 por el que se secularizaban los hospitales y establecimientos de beneficencia

Emanado de estas leyes se estableció el registro civil en 1859, con lo que se inició una larga tradición de captación de los datos vitales: el reconocimiento oficial de un nuevo ciudadano mexicano y el registro de datos oficiales de los movimientos naturales de la población –crecimiento, matrimonio y migración[4].

Años más tarde, al morir Benito Juárez (1872), Miguel Lerdo de Tejada asumió la titularidad del Poder Ejecutivo, como le correspondía por ser presidente de la Suprema Corte de Justicia. Al tomar posesión se comprometió a hacer cumplir las Leyes de Reforma y elevarlas jerárquicamente al incluirlas en la Constitución: lo cumplió con la Ley sobre Adiciones y Reformas a la Constitución del 25 de septiembre de 1873[5].

 

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