Corte Interamericana de Derechos Humanos
Los antecedentes comienzan desde el mes de octubre del año 2001, cuando el entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox, anunció que la construcción del nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México tendría lugar en terrenos agrícolas ubicados en la zona de Texcoco. Después del anuncio oficial, ejidatarios de las poblaciones de Tocuila, Nexquipayac, Santa Cruz de Abajo, San Felipe y San Salvador Atenco encabezaron diversas manifestaciones en oposición al proyecto federal que el propio presidente había ratificado, bloqueando algunas de las principales vialidades de estos municipios.
Para ese entonces, distintas agrupaciones de campesinos conformaron el llamado Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT), iniciando movilizaciones a lo largo del país que tenían como finalidad conseguir apoyos sociales para evitar la construcción del inmueble.
Posteriormente, el 3 y 4 de mayo de 2006, por orden del entonces gobernador Enrique Peña Nieto, se llevo a cabo un operativo policial en las localidades de Texcoco y San Salvador Atenco, estado de México. El objetivo era ponerle fin a un movimiento de protesta surgido como oposición a un proyecto para construir un nuevo aeropuerto para Ciudad de México en el municipio de Atenco[1].
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que tras una denuncia recibida en abril de 2008 y años posteriores de estudio presentó el caso el 27 de septiembre ante la Corte IDH, asegura que la detención de las 11 mujeres que presentaron la denuncia fue ilegal, arbitraria y determinó que no se investigó, juzgó y sancionó a todas las personas responsables del operativo, tanto a nivel material como intelectual. En consecuencia, ordenó al Estado realizar una investigación exhaustiva de los hechos con perspectiva de género y que incluya a todas las formas de responsabilidad a nivel federal y estatal[2].
Respecto a la Comision Nacional de los Derechos Huamanos (CNDH) a través de su Programa de Atención a Víctimas del Delito, se implementaron acciones en materia de atención y apoyo a las mujeres que, de acuerdo con su testimonio, fueron objeto de presuntas agresiones sexuales, con tres peritos especialistas en psicología y ginecología, dirigidos por expertos en tratamiento de supervivientes de violación a la libertad sexual (abuso sexual y violación)[3].
En cuanto a la situación de cada persona agraviada, la investigación efectuada por la CNDH se realizó de manera independiente, caso por caso, pero, a su vez, en una interrelación global que permite identificar la verdad histórica y jurídica de los hechos. La investigación está conformada por 2121 expedientillos integrados por la CNDH, relativos a cada uno de los agraviados por los hechos motivo de la queja[4].
En cuanto a los derechos violados en esta represión podemos mencionar los siguientes:
- Detenciones arbitrarias[5]
- Abuso sexual y violación[6]
- Tortura
- Retención ilegal
- Allanamiento de morada
- Incomunicación
- Trato cruel e inhumano
- Derecho a la vida
- Derecho de los menores
- Derecho a la legalidad
[1] https://centroprodh.org.mx/casos-3/mujeres-de-atenco/
[2] https://centroprodh.org.mx/rompiendoelsilencio/2018/12/en-sentencia-historica-corte-interamericana-ordena-al-estado-mexicano-sancionar-represion-y-tortura-en-atenco/
[3] https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/2006/REC_2006_038.pdf
[4] Ídem
[5] https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/2006/REC_2006_038.pdf
[6] https://centroprodh.org.mx/casos-3/mujeres-de-atenco/