Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de QV, por elementos de la entonces Policía Federal en Pinotepa Nacional, Oaxaca.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 77VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Luis Cresencio Sandoval González, por violaciones graves a derechos humanos de una víctima, quien fue sometida a detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura, atribuibles a elementos militares en Baja California, en el año 2009.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 74VG/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos a la libertad personal por detención arbitraria, a la libertad sexual por realizar actos de esa naturaleza en una persona sin su consentimiento, así como a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura en agravio de dos personas, atribuibles a elementos de la Guardia Nacional (GN); así como al titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), José Luis Cervantes Martínez, por violaciones a la seguridad jurídica en su modalidad de procuración de justicia, por negligencia en actos de investigación, en agravio de las dos víctimas, atribuible a personas servidoras públicas adscritas a dicha fiscalía.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 73VG/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos, consistentes en actos de tortura y retención ilegal en agravio de una víctima, por parte de elementos de la entonces Policía Federal (PF) en Pátzcuaro, Michoacán.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad personal por detención arbitraria, a la libertad sexual por realizar actos de esa naturaleza en una persona sin su consentimiento y a la integridad personal, así como al trato digno, por actos de tortura en agravio de V1 y V2, por elementos de la Guardia Nacional; además violaciones a la seguridad jurídica en su modalidad de procuración de justicia por practicar de manera negligente actos de investigación en agravio de V1 y V2, por personas servidoras públicas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de QV, por elementos de la Secretaría de Marina, en Ciudad Mante, Tamaulipas.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como de tortura, a la reinserción social en el marco de sus 5 ejes rectores, seguridad jurídica y a la legalidad en correlación al derecho al acceso a la justicia y la verdad, en agravio de V1 a V672, personas privadas de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social en Gómez Palacio, Durango; y del derecho a la información a sus familiares.
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos por detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura en agravio de V, por parte de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Con referencia a la nota publicada en el portal electrónico de la Revista Proceso a las 11:49 horas del 5 de noviembre de 2022, firmada por Gloria Leticia Díaz, titulada: “La Sedena se dio el lujo de girar instrucciones a la CNDH”, la que a su vez fue publicada en el número 2401 de fecha 6 de noviembre de 2022 de la versión impresa de ese medio, y referenciada en la portada de la misma bajo el título: “Ayotzinapa: Sedena demanda a la CNDH cerrar queja contra militares”, nos permitimos hacer las siguientes aclaraciones:
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad, a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura y retención ilegal en agravio de QV, por parte de elementos de la entonces Policía Federal, en Pátzcuaro, Michoacán.