Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, en agravio de V, persona adulta mayor, así como el acceso a la información en materia de salud, en la Unidad de Medicina Familiar No. 38, en Tampico y en el Hospital General Regional no. 6, en Ciudad Madero, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social en Tamaulipas.
Sobre el caso de violaciones a los Derechos Humanos a la protección de la salud, al interés superior de la niñez, a la vida y al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, V1 y V2, por personal médico de la clínica hospital del ISSSTE, de Chilpancingo, Guerrero, y del hospital “Centenario de la Revolución Mexicana”, de Cuernavaca, Morelos.
Sobre el caso de violación al Derecho a la salud en relación con el acceso al más alto nivel de salud física y mental en agravio de personas privadas de la libertad en los Centros Federales de Readaptación Social en Hermosillo, Sonora, Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, Villa Comaltitlán, Chiapas y Ramos Arizpe, Coahuila; así como en el Centro Federal de Readaptación Social Femenil en Coatlán del Río, Morelos, derivado de la insuficiencia de personal de salud para su atención.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud cometidas en agravio de V, persona adulta mayor, en el Hospital General Regional número 1 Ignacio García Téllez, del Instituto Mexicano del Seguro Social en Mérida, Yucatán.
Sobre el caso de violaciones a los Derechos Humanos a la protección a la salud por inadecuada atención médica, acceso a la información en materia de salud y afectación al proyecto de vida en agravio de V, en la Clínica de Medicina Familiar “Ermita Zaragoza”, el Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza” y el Hospital General “Gral. José María Morelos y Pavón” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la seguridad personal y a la libertad, por desaparición forzada, así como a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura en agravio de v, por elementos de la secretaría de la defensa nacional, quienes afectaron de forma indirecta A VI1, VI2, VI3 y VI4. Así como, violaciones a la seguridad jurídica y acceso a la justicia por omitir realizar actos de investigación en agravio de V, VI1, VI2, VI3 y VI4, por personas servidoras públicas de la entonces Procuraduría General de la Republica.
Sobre los Recursos de Impugnación de RV1 y RV2, relativos a los agravios causados por la aceptación parcial de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México de una Recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad federativa.
Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos constitutivos de tortura en agravio de V, por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional, en Hidalgo del Parral, Chihuahua.
Sobre la vulneración a los derechos a la seguridad social y a la protección a la salud, en agravio de V, por la dilación en el otorgamiento de un certificado médico de invalidez por enfermedad o accidente ajeno al trabajo, atribuibles a la Clínica Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez”, en Reynosa, Tamaulipas, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la salud, a la seguridad jurídica, al principio de legalidad y al debido proceso en sede administrativa en agravio de V, por concluir la relación laboral, atribuibles a la Secretaría de Marina.