Síntesis / Resumen
  • Incompetencia del legislador local para establecer derechos por el servicio de alumbrado público configurados como impuestos.
  • Cobros injustificados y/o excesivos por el acceso a la información.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 06/02/2020
Sentido de la Resolución

ÚNICO. Se sobresee en la presente acción de inconstitucionalidad.

Tema de la acción

Derechos a la seguridad jurídica, de acceso a la información, a la igualdad; así como los principios de legalidad, de proporcionalidad en las contribuciones y de gratuidad en el acceso a la información; y la obligación del Estado de respetar, promover, proteger y garantizar derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 6/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 14 de enero de 2019, en contra de los artículos 61, párrafos segundo y quinto -incluyendo la tabla de tarifas-, y 65, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán; 59, párrafo segundo -incluyendo la tabla de tarifas- y tercero, y 39, fracción II, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tetlatlahuca; 37, fracción I, 38 y 50, párrafo cuarto -incluyendo la tabla de tarifas-, de la Ley de Ingresos del Municipio de San José Teacalco; 28, fracción I, y 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Catarina Ayometla; 34, fracción II, de la Ley de Ingresos del Municipio de Xicohtzinco; 52, fracción I, y 53, párrafo segundo, inciso a), de la Ley de Ingresos del Municipio de La Magdalena Tlaltelulco; 36, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepeyanco; 36, fracción I, y 37 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuapiaxtla; y 34 de la Ley de Ingresos del Municipio de Atltzayanca; ordenamientos del estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2019.

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