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Síntesis / Resumen
Tras constatar que una persona migrante, quien realizaba trámite de solicitud para la recibir la condición de refugiada sufrió la vulneración de su derecho a la integridad y seguridad personal por tratos crueles, inhumanos o degradantes (consistentes en desnudez forzada), hecho atribuible a una persona servidora pública adscrita a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), en Tapachula, Chiapas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 162/2023 a la COMAR.
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