Producto de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 53/2020 a Víctor Manuel Carranza Rosaldo, Presidente Municipal de Coatzacoalcos, y a Nicolás Reyes Álvarez, Presidente Municipal de Minatitlán, Veracruz, por el incumplimiento de una Recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad.
Sobre el recurso de impugnación de R promovido en contra de la no aceptación de la Recomendación 69/2017 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chihuahua, por parte de la Presidencia Municipal de Rosales, Chihuahua.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, libertad personal, al honor y a la dignidad, en agravio de V.
Sobre el caso de la vulneración a los derechos humanos a la vida, a la vivienda y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V1 y sus familiares, por la indebida proximidad de las líneas aéreas de media tensión, con un inmueble en Boca del Río, Veracruz.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, a la vida, al acceso a la justicia y a la verdad, en agravio de V persona en contexto de migración que perdió la vida en la estación migratoria en Tapachula, Chiapas.
Sobre el Recurso de Impugnación de R, en contra del acuerdo de cumplimiento parcial de la Recomendación 19/2018 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora, resultando insuficiencia en su cumplimiento.
Sobre el Recurso de Queja de RV1 y RV2 por la dilación manifiesta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida en agravio de V1 de nacionalidad guatemalteca, quien falleció en incendio ocurrido en la Estación Migratoria en Tenosique, Tabasco; al interés superior de la niñez en agravio de QV1 y V2, a la seguridad jurídica de V1, QV4, VI1 y VI2, así como al trato digno, integridad personal, a la protección de la salud de las personas en contexto de migración internacional alojadas en la citada estación.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuibles al Instituto Nacional de Suelo Sustentable, en agravio de V, por la inejecución de un laudo firme en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica (principio de legalidad), al acceso a la justicia (principio de legalidad), al acceso a la justicia (principio de plazo razonable), y a la seguridad social, atribuibles a la junta especial accidental de la local de conciliación y arbitraje del Estado de Colima por la dilación en la emisión de laudos, en agravio de QV1, QV2, QV3, QV 4y QV5.