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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió las Recomendaciones No.10/2020 y 11/2020, dirigidas a los Gobernadores Constitucionales de los estados de Tabasco y Quintana Roo, sobre las deficiencias que vulneran Derechos Humanos de las mujeres privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de dichas entidades.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) insta a las autoridades procuradoras de justicia del Estado de Tamaulipas a respetar y garantizar el debido proceso con motivo de la detención y ejecución de prisión preventiva en contra de la activista Susana Prieto Terrazas, defensora de derechos humanos, quien fue retenida el pasado 08 de junio a consecuencia de acompañar el 10 de marzo de 2020 una manifestación de obreros en las inmediaciones de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Matamoros, en dicha Entidad, en favor de sus derechos laborales.

Asunto:

El incumplimiento a las distancias mínimas de separación horizontal que deben existir entre las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica de media tensión y los edificios, derivó en lesiones por quemaduras a una persona, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 9/2020, dirigida a los Directores Generales de ambas Empresas Productivas, Manuel Bartlett Díaz y Guillermo Nevárez Elizondo, respectivamente, así como a los integrantes del H. Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

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Asunto:

Para la CNDH asumir el compromiso de dar seguimiento a la participación de la Fuerza Armada permanente en funciones de seguridad pública, para cumplir con el mandato de proteger, observar, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, resulta en una indispensable observancia que ayude a prevenir situaciones que vulneren la debida protección de los derechos humanos del pueblo mexicano. El seguimiento contempla aspectos como la actuación de la Fuerza Armada, de la Guardia Nacional, del uso de fuerza pública y de las acciones coordinadas, que se señalan en el artículo Quinto Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019 y para el cual este organismo ha urgido a la definición de leyes secundarias y parámetros y criterios de las tareas de excepción en materia de Seguridad Pública en las que se involucrarán.

Asunto:

Con motivo de los hechos suscitados los días 21 y 22 de junio pasado, en el Municipio de San Mateo del Mar, Oaxaca, donde pobladores de la citada comunidad perdieron la vida y otros más resultaron heridos, este Organismo Constitucional Autónomo, exhorta enérgicamente al Gobierno del Estado de Oaxaca, para que, con carácter urgente haga efectiva la protección y resguardo de la vida, integridad personal y seguridad de los habitantes de esa localidad.

Asunto:

El 12 de febrero de 2001, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, estableció que, a partir de ese año, el 21 de junio se celebraría el día del refugiado, para reconocer la importancia de las actividades en favor de los refugiados y otras personas, cuya labor contribuye a promover los propósitos y principios de paz, los derechos humanos y el desarrollo.

Asunto:

Para la CNDH, contar con datos confiables permite mostrar alcances y desafíos reales que planteen una atención de la pandemia basada en la elaboración constante de mapas de contagio y otros conjuntos de datos que permitan visualizar las carencias y su consecuente remediación. Si bien la experiencia de la emergencia sanitaria ha dejado importantes lecciones de comportamiento y colaboración social, es la responsabilidad que deben asumir los gobiernos para cubrir todos los pasos preventivos y necesarios tanto para mantener al alcance información clara y consistente como para responder a crisis en medio de las etapas de emergencia, para toda la población y de manera prioritaria para el personal médico y de enfermería.

Asunto:

A cuatro años de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) esta Comisión Nacional hace énfasis en la importancia de su implementación integral.

Esta norma aborda de manera armónica los estándares internacionales y las recomendaciones emitidas por los organismos internacionales sobre la materia, lo que necesariamente implica, para ser aplicada, realizar un trabajo de coordinación entre las distintas autoridades corresponsables que la propia ley establece tanto a nivel federal como de las entidades federativas, así como la intervención fundamental del Poder Judicial.

Asunto:

El 11 de junio pasado, esta Comisión recibió una petición de la Comisión pro Derechos Humanos para Policías y Elementos de Seguridad para hacer el acompañamiento de una manifestación que tuvo lugar el día de ayer en el Zócalo de la Ciudad de México, y estuvo conformada por aproximadamente 300 personas, elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la CDMX, Secretaría de Seguridad del Estado de México, Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo, Morelos y de la antigua Policía Federal.

Asunto:

Se desconocen las causas por la cuales fue eliminado el grupo de Whatsapp institucional de Difusión del trabajo y las acciones de la CNDH. Lamentamos las molestias ocasionadas y mantendremos abierto este canal de comunicación bajo los principios de transparencia, derecho a la información y libertad de expresión.