Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por la ejecución arbitraria de V2, y otras por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la pérdida de la vida de V1, así como la afectación en la integridad personal de V3 y V4, y acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la verdad atribuibles a la entonces Policía Federal y a la Fiscalía General del Estado de Tabasco.
Por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la privación de la vida de una persona y en la afectación a la integridad física de dos más, atribuibles a la entonces Policía Federal (PF), así como en la ejecución arbitraria de otra persona, atribuible a dicha Institución y por la inadecuada preservación del lugar de los hechos por personal de la entonces PF y de la Fiscalía General del Estado de Tabasco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 33VG/2020 al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño y al Fiscal General del Estado de Tabasco, Jaime Humberto Lastra Bastar, respectivamente.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por la ejecución arbitraria de V2, y otras por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la pérdida de la vida de V1, así como la afectación en la integridad personal de V3 y V4, y acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la verdad atribuibles a la entonces Policía Federal y a la Fiscalía General del Estado de Tabasco.