¿Qué es el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT)?

Es la instancia encargada de la supervisión permanente y sistemática de los lugares de privación de la libertad en todo el territorio mexicano, a fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

¿Cómo nació el MNPT?

El 10 de diciembre de 1984 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en su resolución 3946 la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT); el 18 de diciembre del 2002 Naciones Unidas aprobó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPCAT) mediante la resolución A/RES/57/199. México lo firmó el firmó el 23 de septiembre de 2003, lo ratificó el 11 de abril de 2005 y entró en vigor el 22 de junio de 2006.

El objetivo del OPCAT, de acuerdo con su artículo primero, es establecer un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes a los lugares en que se encuentren personas privadas de su libertad. Asimismo, en sus artículos tercero y diecisiete establecen que los Estados Parte designarán a nivel nacional, uno o varios órganos de visitas para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

¿Cuándo se creó el MNPT?

El 22 de junio de 2007, se estableció el MNPT en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) mediante la Tercera Visitaduría General. Fue hasta el 26 de junio de 2017, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (LGPIST), la cual señala de manera expresa en el Título Quinto, Capítulo Tercero, Artículos 72 al 82, lo relativo al MNPT, como una instancia independiente y especializada, adscrita a la CNDH.

El MNPT tiene autonomía presupuestaria de gestión e institucionalidad; cuenta con un Comité Técnico como órgano de gobierno. Este Comité está presidido por la persona titular de la CNDH y por cuatro personas expertas en la prevención de la tortura e independientes, así como por la persona a cargo de la Dirección Ejecutiva del MNPT, quien encabeza la secretaría técnica del Comité.

¿Qué hace el MNPT?

El objetivo general de las visitas es mejorar el trato y las condiciones en que se encuentran las personas privadas de su libertad, así como, emprender acciones de prevención directa e indirecta de tortura y malos tratos.

Los informes que elabora el MNPT pueden ser de supervisión, de seguimiento o especiales y tienen el objetivo de mostrar factores de riesgo y emitir recomendaciones que, mediante la propuesta de políticas públicas, contribuyan a erradicar prácticas y mitigar riesgos que puedan propiciar tortura, malos tratos, penas crueles, inhumanos o degradantes.

En ese sentido, el MNPT da seguimiento a estas recomendaciones con las autoridades para impulsar su cumplimiento.