Mediante un procedimiento de revisión migratoria, declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2022, personal del Instituto Nacional de Migración (INM) en Puebla, detuvo a dos familias y las trasladó a la Oficina Administrativa de Niñas, Niños y Adolescentes de ese instituto manteniéndolas en condiciones insalubres y sin brindarles información de su situación jurídica, razón por la que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 153/2024.
Tras acreditar que personal del Instituto Nacional de Migración (INM) retuvo durante un tiempo prolongado, sin justificación alguna, a tres adolescentes, en el Centro de Asistencia Social “Un Refugio en el Camino” (CAS), de la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí (PPNNA), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 83/2024 al INM.
Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la educación, a la igualdad, a la participación y al principio del interés superior de la niñez, en agravio de las niñas, niños y adolescentes inscritos en escuelas de educación básica en los estados de Coahuila de Zaragoza y Chihuahua.
En 2022, la CNDH a través de la Primera Visitaduría General, la Coordinación de Asesores de la Secretaría Ejecutiva, la Dirección General de Supervisión de la Progresividad y el Centro Nacional de Derechos Humanos “Rosario Ibarra de Piedra” (CENADEH), en conjunto con organizaciones de la sociedad civil e instituciones, llevó a cabo las Mesas de Diálogo “La gran conversación pendiente en México: Alienación parental y Violencia Vicaria”.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que personal del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) en el estado de Chiapas, violentó los derechos a la seguridad jurídica y a la integridad en agravio de 14 niñas, niños y adolescentes en contexto de migración, y comprobó la vulneración del derecho de acceso a la justicia en la investigación del caso, por parte de la Fiscalía General del Estado de Chiapas (FGE), por lo que emitió la Recomendación 93/2023.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) implementará un Mecanismo Nacional especializado en la prevención, certificación, conciliación y mediación de conflictos derivados de violaciones a derechos humanos e impulsará el diseño de protocolos de atención, investigación de delitos, protección y reparación integral del daño en casos donde se vean involucrados niñas, niños y adolescentes (NNyA).
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 17/2023 al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán, en relación con las violaciones a los derechos humanos a la salud y al principio del interés superior de la niñez en agravio de una persona menor de edad, por omitir implementar la infraestructura necesaria para una adecuada prestación de los servicios de salud y la utilización de un enfoque diferenciado al tratarse de un niño, atribuibles a personal del Centro Médico Naval (CEMENAV), en la Ciudad de México.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reitera su llamado para que se lleve a cabo una discusión abierta, responsable e incluyente sobre la eliminación de la llamada “violencia vicaria”, en la cual diversos grupos de la sociedad tengan espacios para dar a conocer sus opiniones y posiciones, mismas que deben ser escuchadas a fin de enriquecer la defensa y protección de los derechos humanos de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación, y a la no observancia de los principios de interpretación conforme y del interés superior de la niñez, por la negativa en el otorgamiento de cuidados paternos en agravio de V1, V2, V3, V4 y V5 atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, principio de interés superior de la niñez, debida diligencia reforzada y daño al proyecto de vida en agravio de V por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el estado de San Luis Potosí, San Luis Potosí.