Asunto:

El 3 de marzo de 2023, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió una queja de un grupo de sobrevivientes y familiares de sobrevivientes, a través de la cual se manifestaron posibles violaciones graves a derechos humanos ocurridas el 6 de octubre de 1958 en Poza Rica, Veracruz. Luego de hacer la investigación, se acreditaron violaciones graves a los derechos humanos a la vida de siete personas, una de ellas menor de edad; la desaparición forzada transitoria de cinco víctimas; la violación al derecho a la seguridad jurídica de seis personas agraviadas; así como la violación al derecho a la integridad personal y al trato digno por tratos crueles, inhumanos o degradantes en contra de 16 víctimas, todas ellas atribuibles a personas servidoras públicas de la entonces Dirección Federal de Seguridad (DFS), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Petróleos Mexicanos (PEMEX), la entonces Procuraduría de Justicia del Estado de Veracruz (PJEV) y del Ayuntamiento de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz; por lo que esta Comisión Nacional emitió la Recomendación 137VG/2023 en la que solicita, entre otras medidas, la emisión de una disculpa pública por la violencia política cometida contra las y los integrantes del Partido Demócrata Pozarricense y trabajadores de PEMEX que resultaron víctimas de estos agravios.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al proyecto de vida, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, por parte del personal médico del Hospital General “José María Morelos y Pavón”, y del hospital regional “Ignacio Zaragoza”, ambos del instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado, en la Ciudad de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y al trato digno, cometidas en agravio de QV1, QV2 y QV3, personas migrantes  víctimas de secuestro, que estuvieron alojadas en la Estación Migratoria de Acayucan, Veracruz.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones al principio de no devolución y a los derechos humanos a la libertad personal, seguridad jurídica y a la legalidad de V, persona en contexto de migración y solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado en México.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la libertad en agravio de QV, V1 y V2; así como al principio del interés superior de la niñez en agravio de V1 y V2, personas en contexto de migración internacional, por personal del Instituto Nacional de Migración en Reynosa, Tamaulipas.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos, a la protección de la salud en agravio de V persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QVI, por personal médico de la Clínica Hospital No. 207 “Matehuala” y Hospital General, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en San Luis Potosí.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, al debido proceso en sede administrativa, a la igualdad y no discriminación laboral atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en el procedimiento administrativo para rescindir la relación laboral de QV.

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Asunto:

Sobre el caso de violación al derecho humano a la protección de la salud, al proyecto de vida, así como al derecho humano de acceso a la información en materia de salud en agravio de V atribuible a personal del Hospital General de Zona No. 1 en la ciudad de Campeche, Campeche, así como del Hospital de Traumatología “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” en la Ciudad de México, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar número 28 “Del Valle” y de la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional Siglo XXI “Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez” del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI1, QVI2, QVI3, QVI4, QVI5 y QVI6, atribuibles a personal del Hospital General “Dr. Santiago Ramón Cajal” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Durango.