En el marco de la conmemoración del “Día de las madres”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reitera la necesidad de que las autoridades, empleadores y sociedad civil en general, sumen esfuerzos para proteger los derechos de las mujeres en los diferentes ámbitos en que se desenvuelven, con particular atención hacia las madres trabajadoras, a quienes deben dirigirse medidas con las que se garanticen mejores condiciones para el ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad social.En ese sentido, este Organismo Nacional emitió la Recomendación 23/2017, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por establecer restricciones ilegítimas al derecho a la seguridad social, en la modalidad de protección a la maternidad, al reconocer sólo la mitad del periodo de descanso en casos de partos prematuros.
Sobre casos de restricciones ilegítimas al derecho a la seguridad social, en la modalidad de protección a la maternidad, en agravio de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14 y V15.
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