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Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos al acceso a la justicia en agravio de V, atribuibles a personas servidoras públicas de la Fiscalía General del Estado de Morelos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 94/2022 al Director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, por las irregularidades detectadas en la valoración médica de una persona adulta mayor en la Unidad de Medicina Familia número 87 (UMF-87) y en el Hospital General de Subzona (HGS) número 13, ubicados en Ciudad Acuña, Coahuila, que impidieron diagnosticar con oportunidad el cáncer gástrico que padecía, lo que derivó en su fallecimiento.
Sobre el caso de violacion al derecho humano a la protección a la salud por la omisión de cuidado de v persona adulta mayor, en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 “Dr. Alfonso Mejía Schroeder” en Pachuca, Hidalgo; así como al acceso a la información en materia de salud por personal de ese nosocomio y del Hospital de Traumatología, Ortopedia y Rehabilitación “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” en Magdalena de las Salinas, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.
Como se informó mediante comunicado DGC/069/2020, del pasado 05 de marzo de 2020, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha acompañado al Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos Hasta Encontrarlos y otras organizaciones en la solicitud ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que esta ejerza su facultad de atracción en el caso de desaparición forzada ocurrida en 2007 en perjuicio de los luchadores sociales Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, en el estado de Oaxaca.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 93/2022 al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por la inadecuada atención médica, la violencia obstétrica, psicológica y verbal que sufrió una mujer embarazada cuando acudió al Hospital General “Querétaro” para atender su parto y personal de dicho nosocomio agravió sus derechos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, afectando además su proyecto de vida.




