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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhorta a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDM) a reconsiderar su posición de no aceptar la Recomendación 287/2024, a efecto de lograr una efectiva restitución a la víctima en sus derechos humanos, así como la reparación de los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado.
Nos acaba de ser notificado el requerimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), derivado de la resolución de la Controversia Constitucional 239/2022 promovida en contra de la CNDH por el entonces consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, pues dicho instituto aludió una supuesta “invasión” a su competencia debido a que, según él, la CNDH “excedió sus atribuciones constitucionales”, argumentando que el cumplimiento de nuestro deber incidió de forma negativa en sus atribuciones, a lo que la Corte ahora, en su razonamiento e interpretación regresiva y restrictiva de la más amplia defensa de los derechos humanos, ordenó a la CNDH no volver a pronunciarse nunca más en materia electoral y eliminar los pronunciamientos DGDDH/081/2022 y DGDDH/082/2022 que se refieren concretamente a la Recomendación General 46/2022 SOBRE VIOLACIONES GRAVES A DERECHOS HUMANOS, ASÍ COMO VIOLACIONES AL DERECHO A LA DEMOCRACIA Y AL DERECHO A LA PROTESTA SOCIAL, AL DERECHO DE REUNIÓN Y AL DERECHO DE ASOCIACIÓN, ENTRE OTRAS, COMETIDAS POR EL ESTADO ENTRE 1951-1965.
La revista Perspectiva Global (PG) es una publicación mensual cuyo contenido es planeado a partir de un eje temático basado en las fechas relevantes nacionales e internacionales del mes. Teniendo como objetivo la construcción de una cultura de paz y de derechos humanos manteniendo cercana e informada a la población, brindando las herramientas necesarias que les permitan conocer sus derechos humanos y la forma de ejercerlos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió una queja el 7 de junio de 2024, presentada por un familiar de la víctima, en que manifestó que su pariente había muerto por falta de atención médica en el servicio de Oncología del Centro Médico Nacional Siglo XXI (CMN Siglo XXI) del instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en la Ciudad de México, un año antes, el 8 de junio de 2023.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y el trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2 y VI3, atribuibles a personas servidoras públicas de la Unidad de Medicina de Alta Especialidad, Hospital de Oncología del “Centro Médico Nacional Siglo XXI” del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.




