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Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por actos de tortura en agravio de QV-1, V-3, QV-4; por actos de tortura y violencia sexual en agravio de QV-5, atribuibles a la Secretaría de la Defensa Nacional; sobre actos de tortura en agravio de QV-2, atribuibles a esa Secretaría y a la Fiscalía General de la República, por hechos ocurridos en los estados de Chihuahua, Tamaulipas, Morelos, Michoacán y San Luis Potosí, respectivamente.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 84/2025 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por dilaciones en la atención a una persona gestante y al producto del embarazo, quien murió como consecuencia de estos retrasos, en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 3 (HGZ-MF-3), en Salamanca, Guanajuato. En dicha resolución se pide al IMSS que dé seguimiento a la vista administrativa que la CNDH presentará ante el Órgano Interno de Control Específico en ese Instituto.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de QV, a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez en agravio de V; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1, VI2 y VI3, atribuibles a personal adscrito al Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 3, del Instituto Mexicano del Seguro Social en Salamanca, Guanajuato.
Por omisiones en la atención obstétrica en el Hospital General Regional No. 1 (HGR1) de Culiacán, Sinaloa, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 79/2025 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia obstétrica, al acceso a la información en materia de salud, así como a la protección de la vida y al interés superior de la niñez.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1; a la protección de la vida e interés superior de la niñez de V2; así como al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2 y VI3, atribuibles a personal médico adscrito al Hospital General Regional N° 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Culiacán, Sinaloa.