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Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y libertad personal, cometidas en agravio V1, V2, V3 y V4, personas en contexto de migración internacional
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección a la salud, a la vida de V1, a una vida libre de violencia obstétrica, de V1 y V2; y daño al proyecto de vida de V2, V3, V4, y V5, en el Hospital General de Zona y Unidad de Medicina Familiar No.2, en Zacapu, y en el Hospital General Regional No. 1, en Morelia, Michoacán, ambos del IMSS
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 3 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Mazatlán, Sinaloa
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal, con motivo del uso excesivo de la fuerza, cateo ilegal, detenciones arbitrarias y tortura en agravio de habitantes de la localidad de Rincón de Tamayo, atribuible a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya, Guanajuato
Tras acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida por inadecuada atención médica, así como al acceso a la información en materia de salud, atribuibles a personal médico adscrito al Hospital General de Zona número 3 (HGZ-3) en Navojoa, Sonora, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 88/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).




