Imagen de portada
Portada - Documento
Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 28/04/2015
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.\nSEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 27 y 37 de la Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Querétaro.\nTERCERO. La invalidez surtirá sus efectos una vez que se notifiquen los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso de esa entidad, sin perjuicio de que pueda tener efectos retroactivos en casos concretos, en el entendido de que en esos supuestos serán aplicables las disposiciones conducentes de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.\nCUARTO. Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Discriminación por condición socio-económica a reos y violación al derecho a la privacidad

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 10/2013, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presentada el 08 de abril del 2013, en contra de los artículos 27, fracciones I, II y III, y, 37, fracción II, de la Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Querétaro.

Archivo resolución de la Acción