Imagen de portada
Portada - Documento
Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 23/01/2020
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se reconoce la validez del artículo 64, en su porción normativa ‘saber leer y escribir’, de la Ley Número 9 Orgánica del Municipio Libre, del Estado de Veracruz, reformado mediante Decreto número 930, publicado en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el nueve de noviembre de dos mil dieciséis, en términos del considerando quinto de esta decisión. 

TERCERO. Se declara la invalidez del artículo 64, en sus porciones normativas ‘un modo honesto de vivir’, así como ‘y no tener antecedentes penales’, de la Ley Número 9 Orgánica del Municipio Libre, del Estado de Veracruz, reformado mediante Decreto número 930, publicado en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el nueve de noviembre de dos mil dieciséis, de conformidad con lo establecido en el considerando sexto de esta determinación, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Veracruz, en atención a lo dispuesto en el considerando séptimo de esta ejecutoria. 

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la igualdad, a la reinserción social, prohibición de discriminación, así como principio pro persona.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 107/2016, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 9 de diciembre de 2016, en contra del artículo 64, en la porción normativa “saber leer y escribir y no tener antecedentes penales”, de la Ley Número 9 Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Archivo resolución de la Acción