PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 256, párrafos segundo, tercero y cuarto, del Código Penal para el Distrito Federal, reformado y adicionado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el primero de septiembre de dos mil diecisiete, en los términos del considerando quinto y para los efectos precisados en el considerando sexto de esta ejecutoria, en la inteligencia de que la referida declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso de la Ciudad de México.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Derechos a la legalidad, a la seguridad jurídica, así como el principio pro persona.
Demanda de acción de inconstitucionalidad 137/2017, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el día 2 de octubre de 2017, en contra del artículo 256, párrafo segundo, en la porción normativa “De manera adicional a dichas sanciones”; del Código Penal para el Distrito Federal.