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Estado Procesal
Resuelta en fecha 04/03/10
Sentido de la Resolución

PRIMERO.- Es procedente pero infundada la presente acción de inconstitucionalidad.\nSEGUNDO. Se reconoce la validez de los artículos 1,339 y 1,340 del código de comercio modificados mediante el "decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del código de comercio", publicado en el diario oficial de la federación el día treinta de diciembre de dos mil ocho.

Tema de la acción

Tutela judicial efectiva, derecho al recurso; no discriminación

Datos de la acción

Demanda de la acción de inconstitucionalidad 22/2009, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 29 de enero de 2009, en la que se reclama la reforma a los artículos 1339 y 1340 del Código de Comercio, realizadas mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2008.

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