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Estado Procesal
Resuelta en fecha 20/04/2015
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad 25/2013 y su acumulada 31/2013.
SEGUNDO. Se declara la invalidez con efectos retroactivos de los artículos 270 Bis 1 y 271, párrafo sexto, fracciones I a VI, del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial el trece de septiembre de dos mil trece, la que surtirá efectos a partir de la fecha de la notificación de estos puntos resolutivos a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Tema de la acción

Figura que produce los mismos elementos de arraigo aun cuando se le denomina “detención con control judicial”. Violación a los derechos a la libertad personal, a la audiencia previa, seguridad jurídica, legalidad y, al debido proceso; así como los principios pro persona, presunción de inocencia, prohibición de detenciones arbitrarias. Contravención a los artículos 11, 16, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 25/2013, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 20 de septiembre de 2013, en contra del artículo 270 bis 1, del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

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