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Asunto

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subraya la obligación básica del Estado de adoptar medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre de la población, incluso en casos de desastre natural o de otra índole. Y destaca que el 30.5% de la población indígena no cuenta con acceso a la alimentación, de ahí que ocupe el segundo lugar en la lista mínima de urgente atención, de la cual también forman parte pobreza, vivienda, educación, salud, justicia y discriminación, carencias que impiden que los pueblos indígenas mexicanos accedan a una vida digna.