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Asunto

El ejercicio de la patria potestad, la tutela o el cuidado que llevan a cabo padres, madres, tutores o toda persona responsable de una niña, niño o adolescentes debe ser compatible con el respeto y cumplimiento de los derechos de esos menores de edad, en tanto que el establecimiento de obligaciones concretas en la legislación –como provisión de alimentos, cuidado de la salud, participación en su proceso educativo y transmisión de valores, entre otros— son garantía de satisfacción de sus derechos quienes, conforme crecen, incrementarán su autonomía y, progresivamente, podrán ejercer por ellos y ellas mismas sus derechos.