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Asunto

La actividad del Ombudsman Nacional en éste y en todos los casos, se ha realizado en el ámbito de las atribuciones que le otorgan el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la Ley Orgánica de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y demás disposiciones aplicables, para investigar y determinar la existencia de violaciones a los derechos humanos de las personas amparados por el orden jurídico mexicano.