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Asunto

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en ejercicio de las facultades conferidas como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracciones VIII y XII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 61 de su Reglamento Interno, así como 19 y 20 del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, llevó a cabo las visitas respectivas a lugares de detención que dependen del Poder Ejecutivo de esa entidad federativa, para examinar, desde su ingreso y durante el tiempo que permanecen las personas privadas de la libertad, el trato y las condiciones de detención, emitiendo como resultado de estas visitas el Informe 3/2016.