El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar atención psicológica y/o tanatológica, además de reparar integralmente el daño, a los familiares de una mujer quien perdió la vida por deficiente atención médica y actos constitutivos de violencia obstétrica en el Hospital de Gineco Obstetricia número 3 del Centro Médico Nacional “La Raza”, en la Ciudad de México, según consta en la Recomendación 92/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida, a la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica de V1; al acceso a la información en materia de salud de QVI1, VI2, QVI3, VI4, VI5 y VI6; así como al proyecto de vida de QVI1, QVI3, VI4, VI5 y VI6, al derecho humano a la integridad de QVI1 y QVI3 y respecto a VI2 sobre la vulneración a su derecho humano a la protección de la vida familiar en observancia al interés superior de la niñez; en el Hospital de Gineco Obstetricia no. 3 del Centro Médico Nacional (La Raza) del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.
Personal médico del Hospital General de Zona número 1 “Dr. Demetrio Mayoral Pardo”, ubicado en Oaxaca, otorgó de manera precipitada el alta médica a una mujer embarazada en trabajo de parto, lo que provocó que su parto fuera atendido en su domicilio y en condiciones inadecuadas, provocando con ello daños a la salud de la persona recién nacida, según la Recomendación 67/2025, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1, a la salud y al interés superior de la niñez de V2; así como al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6, VI7 y con respecto a V2 vulnerando su derecho humano al desarrollo integral, lo que repercute en su crecimiento y vida, en el Hospital General de Zona no. 1 “Dr. Demetrio Mayoral Pardo” del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oaxaca de Juárez, Oaxaca.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez en agravio de V; así como, al derecho humano de acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, por personal médico del Hospital General de Zona Número 16 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Torreón, Coahuila.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez en agravio de V; así como, al derecho de acceso a la información en agravio de QVI y VI, por personal médico de la Unidad de Medicina Familiar No. 37 y del Hospital de Gineco Pediatría “Dr. Lucio Mayoral Hernández”, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Hermosillo, Sonora.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI, atribuibles a personal del Hospital General Regional No. 196 en el Estado de México y al Centro Médico Nacional “La Raza” en la Ciudad de México, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al interés superior de la niñez en agravio de V1; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de VI1 y QVI y al proyecto de vida VI1, QVI y VI2 por personal médico del Hospital Ginecopediátrico Número 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en los Mochis, Ahome, Sinaloa.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez, en agravio de V, así como el derecho al acceso a la información pública en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, atribuibles al personal del Hospital General de Zona con Medicina Familiar N° 3 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Salamanca, Guanajuato
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud en agravio de V1 y V2; así como, a una vida libre de violencia obstétrica de V1; a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V2 recién nacido, a la afectación al proyecto de vida, al derecho de acceso a la información en materia de salud en agravio de V1 y QVI, por personal médico, del Hospital General de Zona No. 3, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Navojoa, Sonora.