Asunto:

Tras acreditar omisiones e irregularidades en la atención médica proporcionada a una mujer, paciente del Hospital General San Luis Potosí, perteneciente al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), donde se practicó innecesariamente una intervención quirúrgica como resultado de un diagnóstico inadecuado que declaraba presencia de un cáncer no confirmado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 249/2023 a las autoridades de ese instituto.

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Asunto:

Al contar con evidencias suficientes que acreditan violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y de situación de vulnerabilidad de las personas adultas mayores, cometidas en agravio de una persona que lamentablemente perdió la vida por inadecuada atención médica y omisiones, atribuibles a personas integrantes del equipo médico del área de Urgencias en la Clínica Hospital de Matehuala, San Luis Potosí, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 248/2023 a dicha institución.

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Asunto:

Del 16 y 17 de marzo de 2021, el MNPT realizó cuatro visitas de seguimiento a casas hogar y centros de asistencia social con el objetivo de verificar el grado de cumplimiento de los factores de riesgo detectados y las 51 recomendaciones que se emitieron el Informe de Supervisión 02/2019. Los resultados de las visitas permitieron constatar que 36 recomendaciones fueron atendidas.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos al trabajo en condiciones de dignidad, en el contexto del trabajo agrícola, así como a la procuración de justicia y al interés superior de la niñez, en agravio de 38 personas jornaleras agrícolas indígenas, en Villa de Arista, San Luis Potosí.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la legalidad en agravio de QV y V, por la omisión de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de San Luis Potosí, de brindar la protección y auxilio, así como de fundar y motivar el acto de autoridad, ante la necesidad de ser reubicados en un domicilio distinto derivado de las amenazas recibidas y relacionadas con el homicidio de su familiar

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