Primera huelga en México 1582
“La abstención colectiva y concertada del trabajo por los trabajadores, sea por un grupo de ellos, por una asociación gremial, por la mayoría de quienes trabajan en una o varias empresas, con abandono de los lugares de trabajo, con el objetivo de hacer presión sobre el patrono o empresario, a fin de obtener el reconocimiento de una pretensión de carácter profesional o con el propósito de preservar, modificar o crear nuevas condiciones laborales.”

Guillermo Cabanella
Historiador, abogado, editor y lexicógraf

 

El 4 de julio de 1582 se registra la primera huelga de México. No era extraño entonces que los trabajadores se resistieran a las acciones explotadoras de sus patrones, pero sus actos rebeldes eran considerados motín contra la autoridad, y como tales eran tratados. No obstante, los sucesos de 1582 en Nueva España fueron señalados de forma distinta: no fue motín sino huelga.

Aquel día, el maestro de capilla, los canteros, el racionero y ocho ministriles que laboraban en la Catedral Metropolitana de la Ciudad de México acordaron suspender colectivamente sus labores y exigieron un aumento salarial: su sueldo –consideraban– era demasiado bajo para el nivel y condición de su trabajo. Baste un ejemplo: el maestro de capilla, Fernando Franco, no ganaba ni un peso diario. [1]

Cuando el deán y los miembros del cabildo revisaron cuentas, encontraron, sin embargo, que la capilla consumía más dinero que la fábrica catedralicia, es decir, su construcción y ornamentación. Los salarios de cantores y ministriles les parecieron sumamente altos y, para no exceder la renta de la fábrica, consideraron conveniente reducirlos. El 4 de julio de 1582 notificaron su determinación al canónigo Alonso de Écija, al maestro de capilla Fernando Franco, al racionero Juan Hernández, al cura Alonso de Tuxillo y a Marcos Tello, Agustín Díaz, Bartolomé Franco, Phelipe Pero López, Luis de Toro, Pero Martín, Antonio Ortiz y los ocho ministriles. [2]

Inconformes, los destinatarios de la medida iniciaron inmediatamente la huelga. Al no ser escuchados, decidieron renunciar. Además, se corrió la voz y no hubo en la Nueva España quien quisiera tocar en la Catedral por tan bajo sueldo. El arzobispo tuvo que intervenir, conciliador, proponiendo mejorías laborales. [3]

Lamentablemente, los documentos de la época no dan cuenta del desenlace de este movimiento, pero es muy significativo, y hasta curioso, que la primera huelga en la América hispana estallara precisamente en la institución eclesiástica que, siglos después, ha resultado ser la principal impugnadora del derecho de huelga. [4]

En ese entonces, las huelgas se consideraban como motines o rebeldía que merecían ser castigados. La huelga de la catedral de 1582 quizá no fue un movimiento como se entiende hoy en día, pero sí un acuerdo colectivo para abandonar el trabajo a causa de los salarios bajos. Una forma de protesta pasiva para demandar mejores condiciones. Actos similares se registraron poco durante la época de la Nueva España. Sin embargo, este evento fue de gran importancia ante lo que implicó: el levantamiento de un pequeño grupo de músicos enfrentándose al inmenso poder de la iglesia. Finalmente, la intervención de la autoridad máxima resolviendo a favor de los interesados sin ningún tipo de represalia. [5]

Hoy en día, dentro de la Ley Federal del Trabajo de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra establecida la naturaleza jurídica de la huelga: es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos. La suspensión del trabajo es el medio para lograr un fin último: mantener el equilibrio entre los sectores de producción y fuerza laboral, para que esta última se desenvuelva en un marco de libertad y de justicia, con un trabajo digno y realmente remunerado. Esta aspiración encuentra su fundamento en los artículos 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. [6]

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