Luego de tres años de arduo trabajo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es hoy realmente la defensoría del pueblo que hace tiempo reclamaban las víctimas y los ciudadanos, porque es un Organismo Autónomo que cuesta menos y le sirve más al pueblo, manifestó este martes la presidenta Rosario Piedra Ibarra.
Mensaje de la Presidenta de la CNDH con motivo de la presentación del Informe Anual 2021 ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Ciudadanas y ciudadanos integrantes de la Comisión Permanente:
He escuchado con atención sus posicionamientos. En el mensaje completo y en el informe que hoy entrego a esta Soberanía están las respuestas a muchos de los cuestionamientos que aquí se me han planteado. Por eso hoy yo señalo que, al parecer, una característica de algunos de ustedes ha sido la ausencia; la ausencia de reclamo, no sólo durante cuarenta años, sino la ausencia cuando yo he dado lectura a este informe. Se me cuestiona que no he emitido Acciones de Inconstitucionalidad y yo quiero decir que, en el informe que acabo de leer, señalé que se han emitido 113 Acciones de Inconstitucionalidad y 103 Recomendaciones, ahí están los datos y son comprobables, no son cifras.
Ante la determinación tomada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el sentido de impedir la comparecencia de las y los titulares de las Secretarías de Bienestar, de Hacienda y Crédito Público, de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, servidores públicos que se negaron a aceptar dar cumplimiento a la Recomendación 29/2019, relativa a la cancelación del programa de estancias infantiles, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos expresa su más profunda preocupación y lamenta que, dejando de lado argumentos y razones sustantivas, el análisis de evidencia concreta y verificable, así como la necesaria e irrenunciable defensa de los derechos humanos de las niñas y niños, al igual que de las madres y padres trabajadores, el voto de los grupos parlamentarios mayoritarios en dicha Soberanía haya hecho nugatoria la aplicación efectiva del segundo párrafo, del apartado B, del artículo 102 Constitucional.
Sobre el caso de la violación a los derechos humanos de las personas usuarias y beneficiarias del “programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras”.