Sobre el recurso de impugnación promovido por RV1, RV2, RV3 y RV4 por la no aceptación expresa de la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz, de la Recomendación número 23/2022 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 203/2022 al presidente Municipal del Ayuntamiento de Santa Isabel, en el estado de Chihuahua, al constatar que se vulneró el derecho de petición por parte de las autoridades municipales, y no obstante haber recibido por ello una Recomendación de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH Chihuahua), esta no fue aceptada, razón por la cual, inconforme con la negativa de la autoridad municipal, la víctima presentó un recurso ante este Organismo Nacional.
Sobre el recurso de impugnación por la no aceptación por parte del Presidente Municipal de Santa Isabel, Chihuahua, de la Recomendación CEDH: 5s.1.021.2021 emitida por la Comisión de los Derechos Humanos de esa entidad federativa.
Sobre el recurso de impugnación, relacionado con el agravio causado a RVI, así como a VI1, VI2, VI3 y VI4, en su calidad de víctimas indirectas respectivamente, derivado de la no aceptación de la recomendación emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tabasco, atribuible a la Fiscalía General de esa entidad federativa.
Sobre los Recursos de Impugnación de RV1 y RV2, relativos a los agravios causados por la aceptación parcial de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México de una Recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad federativa.
Sobre el recurso de impugnación de PR1 y PR2, por la no aceptación de la recomendación dirigida a la Fiscalía General del Estado de Guerrero por la comisión de los derechos humanos de esa entidad federativa.
Resultado de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 51/2019 a los integrantes del Pleno del Tribunal de Conciliación y Arbitraje y a los del Ayuntamiento de Taxco de Alarcón, ambos del Estado de Guerrero, por no aceptar, el referido Tribunal una Recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Guerrero, y el Ayuntamiento, por no darle cumplimiento, para acatar un laudo firme desde el 13 de mayo de 2014, que a la fecha no se ha ejecutado, con lo cual se afectaron los derechos humanos de una persona.
Sobre el Recurso de Impugnación, por la no aceptación por parte del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guerrero y el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Taxco de Alarcón, Guerrero, de la Recomendación emitida por la Comisión de los Derechos Humanos de esa entidad federativa.