Asunto:

Dar a conocer que todas las personas en contextos de migración conozcan los derechos que se les reconocen, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, y que les corresponden por el solo hecho de ser personas, sin importar el país en que se encuentren. Existen disposiciones constitucionales y legales que se pueden exigir a todos los funcionarios del país en el que una persona se encuentre, incluyendo a las autoridades de su propio país —aun en el extranjero— (representaciones consulares y embajadas).