Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, seguridad personal, seguridad jurídica y legalidad en agravio de V1,V2, V3, V4, V5, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14, V15, V16, V17, V18, V19, V20 y V21; a la vida en agravio de V4 y V5; y a la integridad personal y al trato digno en agravio de V6, V7, V8, V10, V11, V12, V14 y V17, atribuibles a personas servidoras públicas de los entonces Grupos de Armas y Tácticas Especiales y de Armas y Tácticas Especiales Municipales, en el Estado de Coahuila de Zaragoza

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la vida, al proyecto de vida, por el uso ilegítimo de la fuerza pública que resultó en la privación de la vida de V1 a V19, personas de diversas nacionalidades en contexto de migración internacional, y al interés superior de la niñez de VM9, VM14, VM16 y VM17, atribuibles a elementos policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas

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Asunto:

Ante el caso de un menor de edad que falleció luego de que el tumor cerebral que padecía no fuera atendido adecuadamente en la Unidad de Medicina Familiar número 4 y el Hospital General de Zona número 4, ubicados en Guaymas, así como en el Hospital General Regional número 1, de Ciudad Obregón, ambos en el estado de Sonora, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 162/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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Asunto:

A raíz de la falta de atención adecuada a un menor con leucemia por parte del personal de la Unidad Médica de Alta Especialidad No. 25 (UMAE-25) en Monterrey, Nuevo León, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 168/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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Asunto:

Luego de acreditar que personal del Instituto Nacional de Migración (INM) alojó a más de 20 adolescentes migrantes en la Estación Migratoria de Guadalupe en Nuevo León, omitiendo ponerlos a disposición de manera inmediata del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) o su equivalente local, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 167/2024.

Asunto:

En la Recomendación 164/2024, emitida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) documentó violaciones a los derechos humanos de una mujer que falleció por la falta de atención médica adecuada para el cáncer de mama que padecía en los Hospitales de Ginecobstetricia con Medicina Familiar número 7 y en el General Regional número 20, ambos del IMSS en Tijuana, Baja California.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 163/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por la violación a los derechos humanos de una menor de edad que recibió atención deficiente en la Unidad de Medicina Familiar número 60 y en el Hospital General Regional número 12 “Benito Juárez”, en Yucatán.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 161/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tras comprobar que el personal del Centro Comunitario de Salud Mental No. 1, en Zapopan, Jalisco, no brindó la atención médica adecuada a un paciente con epilepsia, hipertensión arterial y apnea obstructiva severa del sueño, lo que deterioró su salud y provocó su fallecimiento.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1; al interés superior de la niñez y a la protección de la vida de V2, así como al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2, VI3 y VI4 en el Hospital General de Zona No. 2 y la Unidad de Medicina Familiar No. 8, del Instituto Mexicano del Seguro Social en Querétaro.

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Asunto:

Sobre el caso de la no aceptación a la propuesta de conciliación respecto a las violaciones a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social por restringir a QV el acceso a una pensión por viudez del ISSSTE, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen de dicho instituto social