Síntesis / Resumen

• Regresividad en el sistema de designación de los delegados y subdelegados municipales, que afecta los derechos a votar y ser votado de los ciudadanos.

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Estado Procesal
Resuelta en fecha 19/01/2023
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente pero infundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se reconoce la validez del Decreto 299 mediante el cual se reformó la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, concretamente los artículos 29, fracción LVIII, 65, fracción XX y se le adiciona la fracción XXI, la denominación del Capítulo IV, del Título Quinto; 102, fracciones VI y VIII, 103, 105; y se deroga el artículo 104, publicado en el Periódico Oficial de la Entidad de veintiuno de julio de dos mil veintiuno.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos políticos de votar y ser votado, así como principio de progresividad y no regresividad.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 123/2021, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 20 de agosto de 2021, promovida en contra del Decreto 299 por el que se reformó la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, publicado el 21 de julio de 2021 en el Periódico Oficial de esa entidad.

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