
• Desproporción de una excluyente de responsabilidad penal del delito de aborto, pues atenta contra los derechos a la salud, dignidad e integridad de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Pendiente por resolver
Derechos a la integridad personal, a la dignidad humana, a la vida, a la salud, a decidir, a la igualdad y prohibición de discriminación, así como principio de progresividad y no regresividad, y obligación de promover, respetar y proteger los derechos humanos.
Demanda de acción de inconstitucionalidad 190/2024, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 20 de diciembre de 2024, en contra del artículo 183, fracción III, en la porción normativa “oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”, del Código Penal del Estado de Chiapas.