Síntesis / Resumen
  • Requisitos discriminatorios para acceder a un cargo público.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 30/11/2021
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto del artículo 20, fracción V, en su porción normativa “y no haber sido condenado por delito que amerite una pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de otro delito que lesione su buena fama, éste se considerará inhabilitado para el desempeño del cargo, cualquiera que haya sido la pena impuesta”, de la Ley Orgánica del Tribunal Administrativo del Poder Judicial del Estado de Chiapas, expedida mediante el Decreto No. 262, publicado en el periódico oficial de dicha entidad federativa el diecinueve de agosto de dos mil veinte.

TERCERO. Se declara la invalidez de los artículos 21, fracción V, en su porción normativa “y no haber sido condenado por delito que amerite una pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de otro delito que lesione su buena fama, éste se considerará inhabilitado para el desempeño del cargo, cualquiera que haya sido la pena impuesta”, y 32, párrafo segundo, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal Administrativo del Poder Judicial del Estado de Chiapas, expedida mediante el Decreto No. 262, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diecinueve de agosto de dos mil veinte, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Chiapas, de conformidad con los considerandos sexto y séptimo de esta decisión.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la igualdad y no discriminación, de acceso a un cargo en el servicio público, a la seguridad jurídica, libertad de trabajo y principio de legalidad.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 259/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 18 de septiembre de 2020, en contra de los artículos 20, fracción V, en la porción normativa “y no haber sido condenado por delito que amerite una pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de otro delito que lesione su buena fama, éste se considerará inhabilitado para el desempeño del cargo, cualquiera que haya sido la pena impuesta”, 21, fracción V, en la porción normativa “y no haber sido condenado por delito que amerite una pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de otro delito que lesione su buena fama, éste se considerará inhabilitado para el desempeño del cargo, cualquiera que haya sido la pena impuesta”, y 32, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal Administrativo del Poder Judicial del Estado de Chiapas.

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