
• Incongruencia entre normas respecto de la forma en que se calculará la tarifa a pagar por el servicio de alumbrado público. Además, la contribución en realidad se constituye como un impuesto al consumo de energía eléctrica.
• Impuestos adicionales configurados de manera contraria al principio de proporcionalidad tributaria.
• Cobros excesivos e injustificados por la reproducción de información pública.
• Cobros desproporcionados por determinados servicios prestados por los municipios.
• Cobros indebidos por la obtención de permisos para realizar eventos sociales.
Pendiente por resolver
Derechos a la seguridad jurídica, de acceso a la información, de reunión, así como principios de gratuidad, legalidad, proporcionalidad y equidad en materia tributaria.
Demanda de acción de inconstitucionalidad 60/2023, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de enero de 2023, en contra de las leyes de ingresos de 9 municipios del Estado de Sonora, para el ejercicio fiscal 2023.